Para iniciar un negocio en Panamá hay una serie de requisitos que son básicos en relación a la ley panameña y así gozar de la protección necesaria para la inversión que ha sido realizada y limitar los posibles riesgos al mínimo.
En Panamá han ido sistematizándose los trámites para la apertura de negocios desde el año 2005 a través de diferentes reformas fiscales y comerciales.
Los pasos a seguir para abrir un negocio conforme a la normativa establecida son los siguientes:
Crear una Sociedad Anónima (S.A.)
Las S.A. son el sistema por el que se administra el 90% de los negocios panameños.
La protección que ofrece de la identidad de sus accionistas y limitación al capital y a los activos de la sociedad en ocasiones de riesgo, es el instrumento ideal para poder separar la inversión realizada por los socios de los bienes personales de los propietarios.
Constituir este tipo de sociedad tarda en Panamá de 5 a 7 días hábiles.
Dar una ubicación al negocio
Esta ubicación puede ser la propia residencia o un local adquirido especialmente para ser la sede de la entidad y el domicilio fiscal. La ubicación puede ser de propiedad o estar alquilada.
Obtener el Aviso de Operaciones
Este requisito es, para poder iniciar la actividad, la única autorización que el gobierno exige.
Se trata de un trámite rápido y seguro que deberá ser notificado a las autoridades comerciales, a las autoridades fiscales y a las municipales, haciéndolas partícipes de la apertura a operaciones comerciales. De esta forma se evita tener que informar y tramitar independientemente ante el Municipio de Panamá, la Dirección General de Ingresos y el Ministerio de Comercio.
Cuando se obtenga el Aviso de Operaciones el local comercial ya podrá iniciar su actividad comercial y empezar a facturar.
Apertura de una cuenta bancaria
Hay que abrir una cuenta bancaria, trámite que debe hacerse tras haber creado la sociedad y tras haber obtenido el Aviso de Operaciones.
Contratar los Servicios Públicos y Privados
Seguidamente se podrá hacer la contratación de los servicios públicos (agua, luz, teléfono, etc.) y privados (Internet, cable, etc.), pues lo respaldan los documentos de la constitución de la sociedad y el Aviso de Operaciones.
Dar de alta al Personal
El personal contratado debe quedar inscrito en el Ministerio de Trabajo y en la Seguridad Social o CSS.
El registro de los contratos de los trabajadores es una protección para la misma empresa; y hay que saber que, a falta de un contrato escrito, el gobierno va a dar por cierto las afirmaciones que hagan los trabajadores. Paralelamente se hace el correspondiente registro en la CSS, tanto de la empresa como de los trabajadores de la misma.
Registrar la empresa en la AMPYME
A continuación debe registrarse la empresa en la AMPYME, Autoridad de La Micro, Pequeña y Mediana Empresa que prescriptivo para los negocios cuya inversión inicial no sea mayor a los US$ 150,000.00. A partir de entonces podrá disfrutar de un incentivo fiscal mediante el cual las primeras dos declaraciones de la renta se exoneran del pago de impuestos, incluso si obtiene ganancias.
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