Conozca cómo funciona 'Emprende en 3'


Por: Andrea Barragán

Para la puesta en marcha exprés del negocio tan solo será necesario disponer de un ordenador, así como rellenar un formulario tipo. De esta forma se establece un canal que se encarga de distribuir automáticamente los diferentes documentos a las distintas Administraciones que participan en el proceso de creación de empresas y las cuales tramitarán la parte del expediente que les concierne.

Primeros pasos para crear una empresa

Para crear una nueva empresa, el portal EUGO pone a disposición de los emprendedores la Ayuda a la Tramitación, una herramienta que se compone de un útil buscador de trámites, que le proporcionará los pasos a seguir. Se trata de una aplicación muy intuitiva en la que deberá introducir varios datos como la población en la que pretende establecer su negocio, el sector y el área de actividad o la forma jurídica deseada.

Por ejemplo, imaginemos que queremos abrir una peluquería en Alicante. Introduciendo todos los detalles que nos pide el sistema, al final obtendremos una lista con todos los procedimientos a seguir, un resumen bastante detallado que nos facilitará la gestión de los mismos. Veamos todos los trámites que habrá que llevar a cabo en el caso que nos ocupa:

  • Paso 1: Censo de empresarios, profesionales y retenedores. Declaración censal de alta, modificación y baja y declaración censal simplificada.

  • Paso 2: Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

  • Paso 3: Inscripción del empresario.

  • Paso 4: Asignación Número de Seguridad Social.

  • Paso 5: Alta de trabajadores en Régimen General y Asimilados.

  • Paso 6: Legalización del Libro de Visitas.

  • Paso 7: Licencia Municipal de Obras.

  • Paso 8:Licencia Municipal de Apertura.

  • Paso 9: Comunicación de apertura de centros de trabajo o de reanudación de la actividad.

  • Paso 10: Declaración de centros que utilicen aparatos que emitan radiaciones UVA.

Otra opción es acceder directamente a la web del CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas), dependiente del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, para la constitución de su negocio telemáticamente. A través de este servicio solo podrán crearse las siguientes formas jurídicas: Sociedad Limitada Nueva Empresa, Sociedad de Responsabilidad Limitada y Empresario Individual (autónomo). Hay que recordar que, para poder continuar con el proceso, es indispensable poseer un certificado digital.

En el caso de constituirse como empresario individual, el procedimiento telemático consta de tres pasos obligatorios:

  1. En primer lugar, hay que cumplimentar el Documento Único Electrónico (DUE), que se efectuará con el Programa de Ayuda a la Cumplimentación del DUE (el denominado PACDUE).

  2. Una vez este haya sido enviado, automáticamente es recibido por la Tesorería General de la Seguridad Social, que dará de alta al empresario.

  3. Igualmente en el momento de enviar el DUE, se comunica el inicio de la actividad a la Administración Tributaria competente.

No obstante, hay ciertos trámites también de carácter obligatorio que el procedimiento online no incluye como la comunicación de la apertura del centro de trabajo o la obtención y legalización de los libros.

En el caso de constituirse en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, el proceso telemático es un poco más complejo:

  • Cumplimentación del DUE, aunque previamente habrá que reservar la denominación social y depositar el capital social en una entidad bancaria.

  • El sistema enviará el DUE a la Notaría. En la cita concertada con la misma se obtendrá la escritura pública de la sociedad.

  • La Administración Tributaria enviará el NIF provisional y se procederá a la realización del Alta Censal.

  • El CIRCE se pondrá en contacto con la Comunidad Autónoma correspondiente para la obtención del justificante de la exención del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

  • Inscripción en el Registro Mercantil Provincial.

  • Los trámites de la Seguridad Social se ponen en funcionamiento a través del sistema en el momento en que se obtenga la escritura pública y se haya recibido el NIF provisional.

  • La notaría recibe la información del Registro Mercantil Provincial e incorpora a la matriz de la escritura los datos de la resolución de inscripción registral.

  • Finalmente, la Administración Tributaria confirmará el NIF definitivo al CIRCE.

La puesta en marcha

Ya solo queda un último aspecto para cerrar el proceso: presentar una Declaración Responsable para el inicio de la actividad en la localidad escogida. Así, es posible enviar una Declaración Responsable al Ayuntamiento desde la propia página web EUGO. El certificado digital es, igualmente, imprescindible para emitir esta solicitud.

Además, en cualquier punto de la tramitación online, si le asalta alguna duda o necesita asesoramiento, tendrá a su disposición las Ventanillas Únicas Empresariales, tanto de forma presencial en sus numerosos centros del territorio español, como vía online.

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