Reconocimiento y pago de labores conexas
En el ámbito laboral es común encontrarse con situaciones en las cuales los trabajadores realizan algunas tareas que no fueron especificadas en sus contratos como parte de sus obligaciones o que no le corresponden de manera directa a su perfil laboral. Estas actividades extras no solían ser pagadas, sin embargo los ajustes a la normatividad laboral menciona que aquellas actividades que no son obligación del trabajador de acuerdo a su contrato pero que le sean asignadas deben ser pagadas.
Período de capacitación inicial
Cuando las empresas se ven en la necesidad de contratar a nuevo personal usualmente deben capacitar al personal, sin embargo esta necesidad no estaba contemplada en la ley y no había una correcta estipulación en los tiempos de dicho proceso. Ahora la ley contempla que existirá un período de tiempo durante el cual el trabajador recibirá todos los conocimientos necesarios para llevar a cabo de forma eficiente sus labores. La duración de esta capacitación será de máximo 3 meses para los trabajadores generales y de hasta 6 meses para los trabajadores que tengan puesto de confianza. Si pasado el periodo de prueba, el trabajador no muestra las aptitudes necesarias para el puesto que busca, el patrón podrá dar por finalizada la relación laboral.
Trabajo por horas
Si bien es cierto que esta figura se encontraba mencionada en la Ley Federal del Trabajo, también es cierto que no se habían especificado correctamente los términos de este tipo de relación laboral. Ahora, los cambios que se dan en materia laboral indican que el patrón y el trabajador pueden acordar el trabajo a realizar de acuerdo a un número de horas, se establecerá un pago por cada hora, respetando derechos laborales y de Seguridad Social y bajo ninguna circunstancia se podrán asignar más horas semanales de las permitidas por la ley para los turnos de trabajo tradicionales. Así mismo, los ingresos de los trabajadores nunca podrán ser inferiores a los percibidos por una jornada laboral.
Trabajadores domésticos
Uno de los sectores más desprotegidos en materia laboral era el de los trabajadores domésticos quienes solían contar con pocas horas de descanso y apenas un día de descanso semanal, ahora se da como mínimo un descanso de 9 horas en la noche y un día y medio a la semana sin opción de cambio y de aplicación general.
Outsourcing
La subcontratación u outsourcing está tomando más fuerza como método para contratar trabajadores ya que elimina el trabajo de búsqueda, selección y capacitación del personal puesto que la empresa de contratación realiza dicho trabajo. Sin embargo, el outsourcing no se encontraba identificado en la ley por lo que se daban varias irregularidades. Para evitar esto, las modificaciones a la ley laboral señalan que es necesario identificar la relación laboral y formalizarla de acuerdo al artículo 15-A de la Ley Federal del Trabajo para que el patrón evite sanciones por intentar eliminar o limitar los derechos y beneficios de los trabajadores estipulados en la Ley del IMSS o del ISR.
Período de prueba
Uno de los aspectos que más polémica han creado es el relacionado al periodo de prueba, el cual le permite al patrón contratar al personal por un determinado periodo para analizar si el trabajador es lo que realmente está buscando. En el contrato firmado se debe señalar la duración específica del periodo de prueba, así como la fecha de inicio y término de este periodo pero sin exceder los 30 días. Para los casos de personal clave dentro la empresa el término del periodo de prueba puede llegar a ser hasta de 180 días.
Comisiones Mixtas de capacitación, adiestramiento y productividad
Las nuevas modificaciones a los ordenamientos laborales obligan a las empresas de más de 50 trabajadores a crear una Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad. Estas comisiones deberán estar conformadas por un número igual de representantes de los trabajadores y los patrones y su función es incentivar el crecimiento a través de la mejora e implementación de la capacitación y adiestramiento, modernización de maquinaria cuando corresponda, vigilar el cumplimiento de acuerdos, asegurar que las prestaciones laborales y de Seguridad Social son cubiertas, cuantificar la productividad y crear los mecanismos necesarios para incentivar dicha productividad.
En el caso de las PYMES, será el Estado el que proporcione los instrumentos necesarios para incentivar la productividad a través de la Secretaría de Economía y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Así mismo, el Estado se apoyará de aquellas instituciones que cuenten con los recursos necesarios para llevar a cabo todo el proceso, tales como instituciones educativas o de investigación.
Los cambios en la ley laboral de México y sus consecuencias en las empresas
La gran mayoría de las empresas, se han mostrado optimistas con los cambios generados en materia laboral en México y ya están aprovechando los beneficios que se pueden obtener. Por esto es importante que las pequeñas y medianas empresas comiencen a trabajar con los nuevos esquemas para tener mayores posibilidades de competir y generar ingresos.