Trámites para Exportar desde España


Por: Marta B.

 

Trámites tributarios para la exportación

Para empezar necesitará dar de alta su empresa en el Registro de Exportadores, lo que le dará derecho más adelante a exigir la devolución del IVA. Esta devolución se producirá a 31 de diciembre de cada año o de forma mensual, si su empresa se ha acogido al régimen especial de devolución que establece el artículo 116 de la Ley del IVA. Puede realizar estos trámites en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) que le corresponda.

Cuando su actividad dé comienzo deberá presentar una declaración censal de inicio de operaciones, para ello tendrá que presentar el impreso 036 en la delegación de Hacienda que le corresponda. Este trámite es exigible a la hora de realizar cualquier tipo de modificación en su actividad de exportación así como en el momento de tomar la decisión de cesar su actividad.

Si los bienes que su empresa exporta están sujetos a impuestos de tipo indirecto, como los impuestos especiales, ha de saber que en algunos casos también tendrá derecho a su devolución.

Por último, no se olvide del Impuesto sobre las Actividades Económicas (IAE) en especial si se está iniciando en la exportación. En este caso, convendría que bien confirmase bien ampliase la licencia fiscal en el epígrafe correspondiente. Para ello sólo tiene que acudir a la delegación de la AEAT que le corresponda por domicilio fiscal.

Trámites aduaneros para la exportación I

Necesitará conocer el arancel aplicable al bien que desea exportar su empresa. Para ello tendrá que ponerse en contacto con el departamento aduanero del AEAT donde le informarán acerca de la documentación que deberá aportar, así como del código que le corresponde.

La deuda aduanera es otro tema de su interés. Este término hace referencia a la obligación de pago de los derechos de exportación aplicables a un bien determinado en virtud de la legalidad comunitaria vigente. Necesita informarse acerca de si las operaciones de exportación que va a llevar a cabo están afectadas por esta obligación.

El DUA y el INTRASTAT son documentos que habrán de presentarse en determinado tipo de operaciones. El primero es un documento único que deberá presentarse en la oficina aduanera del país donde el proceso de exportación dé comienzo. El segundo hace referencia a una serie de declaraciones periódicas que cualquier empresa que intervenga en operación comercial entre Estados miembros deberá presentar en la oficina INTRASTAT.

Las mercancías sometidas a restricciones comunitarias que se deseen exportar deberán contar con su Licencia de Exportación correspondiente. Esta autorización tiene carácter oficial y puede solicitarse en la Secretaría General de Comercio Exterior. Al igual que la autorización administrativa de exportación (AAEO, de tipo puntual, por operación; o de tipo global, denominada AAGE) que es obligatoria en casos de restricciones cuantitativas.

Sin embargo, es necesario recordar que ciertas mercancías están sujetas a un régimen especial que conlleva una serie de trámites específicos. Entre ellas que se encuentran las siguientes:

  • Material de Defensa.
  • Sustancias susceptibles de desvío.
  • Productos psicotrópicos y estupefacientes.
  • Productos químicos peligrosos.
  • Bienes culturales.

Muy importantes también son los documentos comerciales que deberá aportar:

  • Factura proforma.
  • Factura comercial.
  • Packing list.

Sus bienes exportados deberán acompañarse también de los documentos de transporte correspondientes, ya se efectúe éste por aire, por mar, por algún medio terrestre (que puede ser ferrocarril o carretera) o sea multimodal (cuando se empleen diferentes medios de transporte). Podrá tramitarlo con los transportistas correspondientes o en las oficinas de carga portuaria o aérea.

Y, para terminar con los requisitos relacionados con los trámites aduaneros, recuerde que como responsable de su empresa debe cumplir con las exigencias en materia de certificados que puedan exigírsele y que dependerán en gran medida del tipo de bien objeto de la exportación y de su lugar de destino. Puede informarse acerca de los que se le exigen en su caso particular en la Cámara de Comercio que le corresponda.

Para familiarizarse con todos los documentos que empleará en la exportación puede acceder al siguiente enlace: http://www.plancameral.org

Seguros a la exportación

Exportar es una actividad que no está exenta de riesgo en ninguna de las partes del proceso, por esta razón le conviene protegerse y proteger a su empresa contratando el o los que crea más convenientes.

El seguro de transporte es el más habitual y puede tramitarlo directamente a través de su compañía de transporte o mediante una compañía de seguros que se especialice en este campo.

La cobertura de riesgos comerciales, extraordinarios o incluso de tipo político sólo puede obtenerse a través de un seguro de crédito a la exportación. Puede tramitarlo a través de la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación (CESCE).

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