Absolutamente todos los autónomos que hayan percibido rentas sujetas al IRPF deben hacer la declaración de la renta. Sólo existe una excepción: si tuvieron a lo largo del año en cuestión una renta inferior a 1.000 euros y unas pérdidas patrimoniales en cuantía inferior a 500 euros.
La campaña de este año arroja las siguientes fechas clave:
1 de abril. A partir de este día es posible solicitar el borrador. Previsiblemente por estas fechas ya se dispondrá del programa PADRE.
23 de abril. Se abre el plazo para presentar la declaración por Internet. Se cerrará el 30 de junio.
5 de mayo. A partir de esta fecha ya es posible pedir cita para presentar el borrador y la declaración anual 2013 en las oficinas de Hacienda o presentarlo en cualquier entidad bancaria colaboradora.
25 de junio. Se termina el plazo para confirmar el borrador o presentar la declaración cuyo resultado sea a ingresar con domiciliación en cuenta.
30 de junio. Se termina el plazo para presentar la declaración de IRPF.
A diferencia de lo que ocurre con los trabajadores por cuenta ajena, la Agencia Tributaria no envía el borrador a los autónomos ya que este organismo no tiene suficientes datos sobre ingresos, gastos y facturaciones de estos profesionales. Así, la entidad se limita a proporcionarles los datos fiscales, documentación que bajo ningún concepto es suficiente para cumplir con sus obligaciones. Por tanto, deberán rellenar la declaración completa.
Lugar de presentación
Si el resultado de la declaración es positivo, es decir, que sale a ingresar, ésta deberá presentarse en cualquier entidad bancaria que esté autorizada por Hacienda. Si, por el contrario, el resultado de la declaración es cero o a devolver, entonces, podrá presentarse en:
Entidades bancarias colaboradoras.
Cualquiera de las oficinas de Hacienda preferiblemente con cita previa.
Por correo certificado.
Recordamos que es posible presentar la declaración a través de Internet, en cuyo caso habrá que cumplimentar los impresos con el Programa PADRE y disponer de certificado electrónico o DNIe.
Requisitos para deducirse gastos
Otro asunto que preocupa e interesa mucho a los autónomos es el relativo a los gastos que son susceptibles de deducción. Para que Hacienda considere que es un gasto deducible éste debe:
Estar vinculado a la actividad económica del autónomo.
Encontrarse convenientemente justificado a través de facturas.
Estar registrado en los libros contables.
Declarar online, principal novedad para los autónomos en materia de impuestos
Una de las grandes novedades que trae el 2014 está relacionada con la aparición del PIN 24 horas, una herramienta que los autónomos deberán usar para presentar sus declaraciones ante la Agencia Tributaria. Y es que a partir del 1 de enero del presente año, están obligados a realizar sus declaraciones de IVA única y exclusivamente a través de Internet.
El PIN 24 horas, por tanto, será imprescindible para que estos profesionales hagan todas sus declaraciones de impuestos. Se prevé que sea en 2015 cuando la declaración de la renta se incluya en este programa. La eliminación del soporte papel, de esta manera, se irá haciendo de forma progresiva.